Mar. 14. May 2024, Santa Fe - Argentina
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PEDIDOS YA Y LA JUSTICIA DE SANTA FE

PEDIDOS YA Y LA JUSTICIA DE SANTA FE

SANTA FE-ARGENTINA (PrensaMare)  La decisión de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe avanzó sobre el reconocimiento de los trabajadores como empleados en relación de dependencia de Pedidos Ya SA.

El reconocimiento de la relación de dependencia de los trabajadores de plataformas está más cerca, de acerca a la realidad y protege a los trabajadores.

La decisión ha sido destacada por abogados laboralistas del país. Sienta un importante precedente ante el fraude laboral de las grandes empresas, que perjudican a los trabajadores y al propio estado (evadiendo aportes).

La confirmación por parte de la Corte Suprema santafesina fue a instancias del Sindicato de Empleados de Comercio (de Rosario). Este reconocimiento deja en claro lo que ya está claro y es que siempre una persona que presta servicios a favor de la otra (independientemente de los elementos tecnológicos que se usen o de la evolución tecnológica que se utilice), “y esa otra persona ya sea física o jurídica se apropie de esa energía cosificada en un servicio o en un producto, estamos hablando de la relación de dependencia”.

Se trata de la protección unidireccional a la persona que trabaja. En una relación de trabajo se considera que hay dos sujetos desiguales. Una persona trabaja, solo tiene para aportar y para participar de las riquezas de la sociedad su propia fuerza de trabajo, que es la prestación que otorga en el contrato y la protección viene porque esa energía, esa prestación está inescindiblemente confundida con su propia existencia. Ante un sistema de protección de la propiedad privada, si no participa a través de su energía, entonces no puede procurar su propia subsistencia.

Los conceptos que toma la Corte Suprema provincial, los elementos constitutivos de un contrato de trabajo que están descriptos en el artículo 21 de la Ley de Contrato de Trabajo, se dan absolutamente todos.

El trabajador no es poseedor del instrumento de producción, en este caso sería toda la plataforma virtual. Lo cierto es que este tipo de empresas ‘de servicios’, intenta encubrir una relación de dependencia a través de la figura de “autónomos”, haciéndose caer al trabajador en los riesgos como si fuera un socio (debe pagar su propio seguro de vida y si está enfermo, no tiene la posibilidad de ser cubierto por el seguro correspondiente.

La decisión del tribunal confirma las multas realizadas con motivo de inspecciones en la provincia.