SANTA FE-ARGENTINA (PrensaMare) Tras varias jornadas de pedidos, gestiones y protestas de parte de pescadores santafesino, finalmente el gobierno de la provincia, dispuso la veda.
Desde el viernes 1° de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, regirá el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (pseudoplatystoma coruscans) y el surubí atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).
Lo establece la Resolución Nº 168/2005 (facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212), que define normas y requisitos para ejercer las actividades persqueras.
En tales período de veda queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies. También se extiende para las siguientes especies:
Dorado (se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria, Ley 12.722); Pacú (se prohíbe la pesca comercial y deportiva permanentemente, Resolución 162/05); Manguruyú (se prohíbe la pesca comercial y deportiva “en forma permanente”, Resolución 162/05).