Dom. 26. May 2024, Santa Fe - Argentina
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BRUGLIA Y BERTUZZI: DOS CAMARISTAS SIN MEMORIA, SIN VERDAD Y SIN JUSTICIA

BRUGLIA Y BERTUZZI: DOS CAMARISTAS SIN MEMORIA, SIN VERDAD Y SIN JUSTICIA

CIUDAD DE BUENOS AIRES-ARGENTINA (PrensaMare)  Coherentes en todo el sentido de la palabra y el accionar, los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi revocaron los procesamientos dictados el juez Daniel Rafecas contra ex militares. Ellos se vieron involucrados en un centenar de secuestros y en la puesta en marcha de un centro clandestino dentro de esa unidad del Ejército.

La Cámara Federal premió y liberó a seis militares integrantes del máximo poder del Regimiento de Infantería I de Patricios durante la última dictadura cívicomilitar.

El juez Federal Rafecas los había detenido por su responsabilidad en un centenar de secuestros en la Ciudad de Buenos Aires y por la puesta en marcha de un CCD (centro clandestino de detención) en el interior de esa unidad del Ejército.

La planificación represiva...

Organizó al país de una forma que les permitiera llevar adelante con la mejor ‘perfección’ su tarea represiva, persecutoria y criminal. Así, dividieron el territorio en cuerpos, zonas, subzonas y áreas. Para la capital argentina se dispuso que el responsable fuera Jorge Olivera Róvere.

La subzona II quedó bajo el manejo del Regimiento de Patricios (del Barrio de Palermo); donde estaba la sede del comando del Primer Cuerpo de Ejército.

La justicia analizó y juzgó la responsabilidad de Olivera Róvere y de los jefes de área; se buscaba determinar responsabilidades en cuanto a mando y ejecuciones de las ordenes militares.

Por ello Rafecas procesó en 2022 a la conducción del Regimiento de Patricios: Jorge Rubén Farinella (SI); Ramón Manuel Vega, Carlos Washington Urqueta y Héctor Sergio Mónaco (oficiales de Inteligencia, S2); Héctor Roberto Ranfagni (oficial de Operaciones, S3); y Alfonso Agustín Reuther (a cargo del área de Logística, S4).

Sin embargo, estos procesamientos...

Fueron revocados por un fallo de los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, integrantes de la Sala I de la Cámara Federal porteña que también ordenaron la libertad de los seis militares, indicando que Rafecas profundice la investigación.

Más allá de estas decisiones de estos dos hombres de la justicia ligadísimos al poder macrista, lo cierto en que está acreditado que el Regimiento funcionó como centro clandestino de detención (CCD).

Rafecas oportunamente había sustentado la responsabilidad de los militares en dos hechos:

  • Que la subzona II en la que ellos integraban, fue responsable de liberar la zona para que se produjeran 99 secuestros. La liberación de zona era una forma de otorgar libertad de acción a distintas fuerzas represivas para que lleven adelante sus ilegalidades de secuestros y/o crímenes. Lo que se realizaba con uso de vehículos, corte del tránsito en calles y hasta interrupción del servicio eléctrico. Esa liberación incluia que no se aceptaran las denuncias de familiares que recurrían a las autoridades, denunciando desapariciones y/o secuestros de personas
  • Que además, los militares tuvieron responsabilidad por el funcionamiento del Regimiento como un espacio de detención clandestina (CCD) y de tortura para ocho víctimas que allí fueron llevadas.

Pero para las camaristas...

Bruglia y Bertuzzi ello no fue probado (?). Es así que manifestaron en su decisorio que “Debemos contar con elementos probatorios fehacientes de su intervención en los operativos o en el centro de detención que funcionaba en el Regimiento I de Infantería de Patricios... El hecho de poder ubicar a los encausados funcionalmente dentro de la unidad militar, de forma aislada, no alcanza para acreditar su participación necesaria en los acontecimientos implicados, sin otros documentos o testimonios que así lo aseveren, incluso bajo el grado de probabilidad propio de esta instancia”.

Releyendo lo escrito, ambos dan por demostrado el funcionamiento del CCD...

Pero le dictan la falta de mérito...

A todos los represores argumentando en dos puntos:

  • El primero, recriminándole a Rafecas que los responsabilizó por el cargo que ostentaban y por las atribuciones que tenían según los reglamentos
  • Y segundo, que -por el momento-, no acreditó que estuvieran en los secuestros o en el centro clandestino de detención.

Lo cierto había sido que Rafecas los responsabilizó de formar parte de una estructura que posibilitaba que las privaciones de la libertad se cometieran sin inconvenientes en una zona de la capital argentina, sosteniendo también, que eran responsables por las víctimas que estuvieron allí secuestradas (en  el Regimiento).

Para los dos camaristas...

Ello no es suficiente y le reclaman a Rafecas que consiga víctimas que señalen a quienes las secuestraron, torturaron o mantuvieron encerradas, cuando han pasado ya... 47 años de los hechos. Le dejaron en claro que no alcanza decir que el terrorismo de Estado se ejecutó en la clandestinidad.

Lo increíble del caso...

Ha sido que uno de los represores (ahora beneficiado por los camaristas), Ramón Manuel Vega (oficial de Inteligencia, S2) se había presentado como... víctima del terrorismo de Estado. Habiendo declarado que –inclusive- asistió a familiares de personas detenidas en la provincia de Buenos Aires.

Lo cual constituye un reconocimiento de su accionar ilegal. Porque Vega sufrió “fatiga de combate”. Se trata de síntomas que afectaban a los que operaban en los campos de concentración (CCD). Vega comenzó a reprimir en 1969 al ser destinado a la provincia de Córdoba. En 1976 fue destinado al Regimiento de Patricios; allí cumplía la función de “interrogador”, lo que significa que era un “torturador”. Sus tareas lo afectaron psicológicamente generándole un cuadro de pesadillas e insomnio.

Sin embargo, para los camaristas este reconocimiento y ‘victimización’ del represor no fue tomado en cuenta para reforzar la decisión de Rafecas.