Jue. 28. Mar 2024, Santa Fe - Argentina
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SALUD: MÁS PROHIBICIONES DE PRODUCTOS

SALUD: MÁS PROHIBICIONES DE PRODUCTOS

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SANTA FE-ARGENTINA  (PrensaMare)  La ANMAT prohibió en la disposición 8133 una leche entera en polvo instantánea rica en Hierro, Zinc y Vitaminas D, A y C, peso neto 800 gr., marca Optima, RNPA N° 21-447109 y una leche entera en polvo instantánea fortificada con Vitaminas A y D, peso neto 400 gr., marca Optima, RNPA N° 21-447108”, elaborados y envasados por SENASA S-I-05515 – RNE N° 21-442338, bajo el R.N.E. 21-442338.

Estos productos se encontraban mal rotulados, “en infracción al artículo 3° de la Ley 18.284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y a los artículos 6° bis, 13° y 155° del C.A.A., por carecer de las autorizaciones de producto (R.N.P.A.) y de establecimiento (R.N.E.), resultando ser un alimento falsamente rotulado, y ser en consecuencia ilegal”.

En la disposición 8134/2019 se informó la prohibición del producto en cuyo rotulo luce Dulce Regional, producto santiagueño, Kinoto, marca Casero”, “Bombón de Nuez y Algarroba, marca Casero” y Dulce Regional, Producto Santiagueño, Zapallo, marca Casero” elaboradas en la calle Garay 1958, en La Banda, Santiago del Estero, por no tener los trámites de conformación de establecimiento.

La ANMAT informó que la decisión se tomó “al tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284”.