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NO HABRÁ SIDO EL... RATÓN PÉREZ...?

NO HABRÁ SIDO EL... RATÓN PÉREZ...?

CÓRDOBA-ARGENTINA  (PrensaMare)  La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso palanteado por la empresa cordobesa Arcor. De esta forma dejó firme la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Chaco por incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor al haberse encontrado un diente en el interior de una barra de cereal

El caso comenzó cuando una mujer de la provincia del Chaco lo encontró en el interior de una barra de cereal. A partir del hecho, Arcor fue sancionada —en los términos de la ley de defensa del consumidor (ley 24.240 y sus modificatorias)— como fabricante del producto, al igual que el vendedor y el distribuidor.

Posteriormente, el Superior Tribunal de Justicia de Chaco confirmó la multa a Arcor al hallarse un elemento extraño dentro del envoltorio de una barra de cereal, ya que solo podía válidamente imputársele al fabricante porque "la anomalía únicamente pudo generarse en el proceso de elaboración de la mercadería".

El 17 de diciembre de 2019, la Corte Suprema resolvió, con la firma de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, desestimar el recurso de queja interpuesto por Arcor Sociedad Anónima Industrial y Comercial

Así, el máximo tribunal de justicia del país dejó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de Chaco. Frente a ello desde la firma le echaron la culpa a "la Dirección Provincial de Bromatología (del Chaco) había determinado que no podía técnicamente dictaminar sobre un producto”.