Vie. 26. Jul 2024, Santa Fe - Argentina
opiniones

GENOCIDIO EN GAZA (Luis B. García)

GENOCIDIO EN GAZA (Luis B. García)

CARACAS-VENEZUELA (por Luis Britto García)

1

El 29 de diciembre, mientras los habitantes de Gaza se preparaban para recibir el que quizá fuera el más desdichado Año Nuevo de sus vidas, juristas de Sudáfrica presentaban ante la Corte Internacional de Justicia en la Haya una demanda contra Israel por la comisión de actos tipificados en la Convención de Naciones Unidas para la prevención y sanción de crímenes de genocidio, y adoptada por la Asamblea General de dicha organización en 1948.

2

No es casual que la iniciativa parta de Sudáfrica, colonia de británicos y neerlandeses instalada en el Continente Negro en 1901, quienes en 1948 impusieron jurídicamente el régimen de apartheid: separación de la población en sitios diferentes y con derechos distintos de acuerdo con su condición étnica. Tras denodada lucha,  Sudáfrica se independizó y se libró del apartheid en 1991. Pero no ha olvidado lo que significan el exterminio de pueblos y el racismo. 

3

Según el artículo II de la citada norma, “En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: a) Matanza de miembros del grupo; b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”.

4

Estos actos se cometen diaria e impunemente en Gaza ante los ojos del mundo, son difundidos por la mayoría de las agencias noticiosas,  y en la tarea de informar sobre ellos han perdido la vida 119 periodistas. Según sus informaciones, recogidas por la Oficina de Comunicación Social del gobierno de Palestina, desde el 7 de octubre de 2023 hasta el 17 de enero de 2024  en la Franja de Gaza y alrededores las fuerzas armadas de Israel perpetran actos “con la intención de destruir, total o parcialmente, al grupo nacional, étnico, racial y religioso” de los pobladores originarios palestinos.  Dichos actos consisten en A) Matanza o desaparición de 31,620 inocentes, de los cuales 10.800 son niños y 7.258 mujeres, obviamente no combatientes. B) Lesiones graves a la integridad física y mental del grupo, en virtud de las cuales  24.620 civiles inocentes requieren hospitalización; 11.000 están en tal estado de gravedad que para tratarlos deben salir de Gaza y  61.830 presentan  infecciones como consecuencia de heridas, C) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial: Los bombardeos y asaltos contra núcleos de población y su ocupación violenta, acompañados del corte de suministro alimentos, medicinas, agua y electricidad,  han causado el desplazamiento forzoso de arriba de millón y medio de personas; de las cuales 400.000 presentan enfermedades infecciosas, 350.000 pacientes crónicos están en estado de riesgo por falta de medicinas y equipos; 10.000 pacientes de cáncer están en igual situación. D) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo: 60.000 mujeres embarazadas están en riesgo por carencia de viviendas,  alimentos, medicinas y falta de acceso a atención médica, situación ocasionada por los invasores  al destruir 30 hospitales, 53 centros de salud,  asesinar 337 médicos y personal del área de la salud y 45 miembros de protección civil. E) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo: Una operación de despoblación y desplazamiento masivo que afecta a cerca de millón y medio  de personas implica el traslado por la fuerza de niños y menores, todos en situación precaria y muchos en casi total desamparo por la pérdida da sus familiares.

5

Estas atrocidades físicas  están acompañadas por actos de agresión cultural que evidencian “ la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal”. No otra finalidad puede tener la destrucción completa de 157 mezquitas y el desmantelamiento parcial de 246 de ellas, así como la demolición  de tres iglesias cristianas. La aniquilación cultural está asimismo detrás de la destrucción total de  138 oficinas gubernamentales y 97 escuelas y universidades, así como del desmantelamiento parcial de 295 centros de enseñanza y de dos centenares de centros arqueológicos y patrimoniales.

Una nación es el acuerdo de un grupo humano acerca de la necesidad compartir y  preservar   un conjunto de valores y de rasgos culturales. La destrucción sistemática de instituciones educativas, culturales y religiosas es intento de aniquilación de un grupo nacional.

6

Según el artículo III de la referida Convención,  “serán castigados los actos siguientes: a) El genocidio; b) La asociación para cometer genocidio; c) La instigación directa y pública a cometer genocidio; d) La tentativa de genocidio; e) La complicidad en el genocidio”. La responsabilidad por dichos actos abarca asimismo la asociación, la instigación directa y pública, la tentativa y la complicidad. Juzgue el lector si una sola de estas variantes está ausente en la premeditada, despiadada y sistemática aniquilación de un pueblo que avanza en Gaza.

7

Lamentablemente, los veredictos de la Corte Internacional de Justicia carecen de efectos prácticos por cuanto no existe ningún mecanismo para ejecutarlos. Apenas servirán para unirse a la amplia condenatoria de todos estos actos por buena parte del género humano y, bueno es señalarlo, incluso por personas y organizaciones israelitas. La condena moral es ya un principio de justicia. Quien no la apoye, legitima la comisión impune de actos similares en contra de su persona, familiares, allegados  y connacionales.