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ARGENTINA: PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR

ARGENTINA: PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR

CIUDAD DE BUENOS AIRES-ARGENTINA  (PrensaMare)  Una nueva disposición del Ministerio de Trabajo, establece que los trabajadores de frigoríficos y carnicerías "ya no podrán descargar ni manipular media reses o cortes de carne superiores a los 25 kilos, sin asistencia mecánica".

La resolución 13/2020 publicada en el Boletín Oficial comenzará a regir en abril y apunta a preservar la salud de los empleados.

Además de comprender al ganado bovino, la norma refiere al levantamiento de ganado ovino, porcino, equino, caprino y animales de caza mayor y/o menor en su cadena de transporte y distribución.

La medida se toma en función que los trabajadores descargan sobre sus hombros productos con un peso excesivo, que termina comprometiendo su salud. Cabe aclarar que una media res puede pesar en promedio 115 kilos.

La norma determina...: que el empleador alcanzado por la obligación establecida en el artículo 1º de la presente, deberá llevar un registro del mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos mecánicos utilizados

El Ministerio de Trabajo dispuso la medida, después de reconocer los trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo y como un problema importante de salud laboral, con ejemplos de hernias inguinales, hernias de disco lumbosacra y hasta várices.

El incumplimiento de parte de los empleadores, deberá ser denunciado ante esta Superintendente de Riesgo de Trabajo, quien a su vez lo llevará a conocimiento de las administradoras del trabajo locales.