Mar. 19. Mar 2024, Santa Fe - Argentina
Notas

LA LENGUA LARGA LA DEJA SIN FUEROS

LA LENGUA LARGA LA DEJA SIN FUEROS

Inesperada decisión judicial para la verborrágica denunciadora...

CIUDAD DE BUENOS AIRES-ARGENTINA  Una mala noticia para la legisladora nacional oficialista Elisa Carrió. La justicia determinó que no podrá ampararse en sus fueros para eludir la demanda civil que le inició (por daños y perjuicios), el administrador general de la Corte Suprema, Héctor Daniel Marchi.

La multi-denunciadora había armado una estrategia judicial para evitar la demanda. Sin embargo, la Sala B de la Cámara Comercial echó por tierra la misma.

De esta forma, deberá afrontar –como cualquier ciudadano- la denuncia realizada en su contra por las imputaciones que le había hecho al funcionario en su intento por debilitar al entonces titular de la Corte (su ‘enemigo’ personal Ricardo Lorenzetti).

La respuesta de la justicial al planteo de Carrió que pretendía ampararse en sus fueros para evitar el juzgamiento, fue respondido de manera dura y contundente. Allí se rechazó la “inmunidad parlamentaria” que interpuso Carrió. Incluyendo en igual posición al secretario de Fortalecimiento Institucional de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Fernando Sánchez. Ocurre que él compartió con Carrió la denuncia penal. La maniobra era clara y burda: buscar expulsarlo de la Corte.

Sin embargo esta situación los expone a ser investigados sobre si se trató de una falsa denuncia, acompañado por una escandalosa “operación de prensa”.

Debe recordarse que tras la denuncia de dicha señora (a fin de noviembre), los cinco ministros de la Corte, desecharon el pedido de auditoría que ella pidió a través de una nota, para que revisaran las cuentas de dicho Tribunal.

“Los demandados, al denunciar penalmente al actor imputándole la comisión de delitos exorbitaron la inmunidad de opinión parlamentaria al ocurrir ante otro poder de la Constitución pretendiendo llevar a juicio a un ciudadano”, sentenciaron los camaristas Roberto Parrilli, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoó (fallo del 11-12-2018).

El dúo Carrió-Sánchez denunció a Lorenzetti y a Marchi, el 13-1-2016 por enriquecimiento ilícito ante el juez Sergio Torres (presentación archivada por “inexistencia de delito”).

Marchi sostuvo que con dicha denuncia afectaron su buen nombre y honor a sabiendas de que la AFIP había declarado la “inexistencia de interés fiscal en el caso”. Marchi los demandó civilmente un año después, con pedido de juicio político.

Carrió ante los medios afirmó que no se ampararía en sus fueros. Pero luego lo hizo sosteniendo que sus dichos estaban amparados como legisladora…

Esta maniobra ya le había dado resultado cuando demandó Ricardo Echegaray. Esta vez, no.

Así, la Cámara Civil revocó la decisión de primera instancia por unanimidad y la dejó expuesta como a cualquier ciudadano que deberá responder patrimonialmente por daños y perjuicios.

Es bueno citar que Marchi ya le ganó en primera instancia el juicio civil a la editorial que publicó el libro: “El Señor de la Corte” (texto que fue lanzado como una supuesta biografía íntima de Lorenzetti). Algunas de las afirmaciones allí escritas se cayeron por mentirosas.

Oportunamente, Carrió calificó a Marchi de “testaferro” de Lorenzetti, imputándole además, sospechas en el manejo de los fondos de la Corte. Pero por si fuera poco, ella misma incurrió en un delito, al incorporar elementos bajo secreto fiscal de la AFIP que habría recibido mediante un “anónimo” (¿?).