Mar. 19. Mar 2024, Santa Fe - Argentina
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CONDENAN A PERPETUA A MÉDICO REPRESOR

CONDENAN A PERPETUA A MÉDICO REPRESOR

PARANÁ-ARGENTINA  (PrensaMare)  La Cámara Federal de Apelaciones de la capital entrerriana emitió un fallo donde revocó parcialmente la sentencia que en 2018 había condenado a 13 años de prisión al médico genocida Jorge Horacio Capellino y dispuso una pena de prisión perpetua.

Lo halló culpable de los dos homicidios perpetrados en le marco de la recordada Masacre de la Tapera, y por las torturas a un joven detenido político; hechos por los cuales había sido absuelto. Asimismo, la Cámara ratificó la condena por el asesinato del militante Pedro Sobko, quien a la fecha permanece desaparecido.

El fallo establece que los crímenes por los cuales fue condenado Capellino “configuran también delitos de lesa humanidad ocurridos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asoló a nuestro país, en el marco del segundo genocidio nacional perpetrado entre los años 1975 y 1983”.

En noviembre de 2018, el juez federal Pablo Seró dictó una cuestionada sentencia para Capellino. Dicho magistrado habló en su escrito de Proceso de Reorganización Nacional en lugar de dictadura. Se refirió a la Masacre de la Tapera como un “enfrentamiento”. Y se negó a considerar a los hechos como parte de un genocidio.

Estuvo claro que el Sr Seró legitimó el terrorismo de Estado e hizo un claro reconocimiento de la teoría radical de la teoría de los dos demonios.

En aquella condena, Seró le impuso a Capellino em base a considerarlo  partícipe secundario por el homicidio de Sobko. Y lo absolvió por los de Carlos José María Fernández y Juan Alberto Beto Osuna, asesinados en “la tapera” de calle Rondeau 1396 el 25 de septiembre de 1976. Lo condenó por la privación ilegal de la libertad del detenido Gustavo Hennekens, pero lo absolvió por los vejámenes y torturas en su contra (¡).

Quedó acreditado que…: Capellino fue parte del plan por el cual fueron asesinados Osuna y Fernández (antes secuestrados y torturados y estaban en poder de las Fuerzas Armadas). Fueron luego ingresados maniatados a la vivienda y “masacrados con cientos de tiros”, dice la sentencia.

El acusado estuvo en el lugar de los hechos, para luego trasladar sus cuerpos al Hospital Militar de la capital entrerriana.

Luego Capellino tuvo participación en la desaparición de ambos, al ser enterrados en el cementerio local como NN (pese a que conocían las identidades de las víctimas).

La Cámara…: hizo lugar al planteo de la querella acerca de la calificación de la autoría de Capellino. Consideraron que quedó comprobada la coautoría penalmente responsable del acusado en un total de seis hechos: uno de privación ilegal de la libertad agravada (Hennekens); uno de vejaciones y uno de tormentos (Hennekens); en un homicidio calificado (Sobko) y en otros dos homicidios doblemente calificados (Osuna y Fernández), todos estos delitos concursados realmente entre sí.