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EL ESTADO DEBE RESARCIR A LOS PILAGÁ

EL ESTADO DEBE RESARCIR A LOS PILAGÁ

RESISTENCIA-ARGENTINA  (PrensaMare)  Un hecho histórico y reparatorio desde la justicia argentina.

Luego de siete décadas de olvido e impunidad, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia (Chaco) confirmó el fallo del juez Fernando Carbajal. Él había considerado como crímenes de lesa humanidad los que fueron cometidos por la Gendarmería Nacional contra el pueblo indígena Pilagá.

Por ello en su fallo ordenó reparaciones patrimoniales y no patrimoniales por parte del Estado nacional.

El suceso fue ocultado, pero se conoció como La masacre de Rincón Bomba. Ahora la Justicia condena al Estado por su accionar represor. El primer fallo consideró los sucesos como crímenes de lesa humanidad en primera instancia; y como genocidio en la sentencia de la Cámara Federal.

En su momento…: los represores hablaron que debieron actual ante una (supuesta) sublevación, que se habría producido entre el 10 y el 30 de octubre de 1947. La represión asesinó y torturó a miembros del pueblo indígena Pilagá de La Bomba (actual territorio de la provincia de Formosa, en las localidades de Las Lomitas y Pozo del Tigre).

Fueron cientos de hombres, mujeres y niños de todas las edades, que resultaron víctimas. Hubo una persecución de los gendarmes persiguieron por tierra, pero con apoyo de aviones. Los llevaron hacia el monte adentro, y allí los fusilaron y violaron a las mujeres. Hubo cientos que fueron detenidos y posteriormente utilizados como mano de obra esclava.

Setenta años después fue procesado el comandante del avión que ametralló a los civiles indefensos, Carlos Smachetti.

Los represores...: usaron todo tipo de armas largas, cortas y hasta una ametralladora Colt Calibre 7.65mm. Así reprimieron a civiles desarmados; ciudadanos “hambreados, con sed, con las ropas desgarradas, cargando sus enseres y huyendo con sus niños y ancianos a cuestas, los cuales deben abandonar a su suerte en el monte para intentar salvar sus propias vidas”, expresa la sentencia.

“Asinita era una chinita, cinco o seis meses tenía, y el jefe que venía al frente de la comisión ordenó que le metieran un tiro en la cabeza. ¡Eso he visto yo Vimos a los gendarmes llegar a caballo y quedamos encerrados en las tierras de Curesti todo el día bajo el sol. Los gendarmes preguntaban si se podía abrir fuego sobre los ‘perros‘, pero el comandante decía que todavía no, que no era el momento. Entonces le hablaron al Cacique Tapiceno por medio de su lenguaraz. Le dijeron que si le daban una o dos chicas ellos no abrirían fuego. Entonces agarraron a la chica más linda de todas y el mismo comandante la llevó para el monte y la violó”; así fue el testimonio de Ramón Rosa Galván.

El juez Carbajal tomó para su fallo la investigación de la documentalista Valeria Mapelman (autora del filme Octubre Pilagá); pero además hallaron las fosas comunes.

Frente a ello, en el año 1991 una publicación oficial de Gendarmería Nacional publicó el testimonio de un sargentnto, que se refería a las víctimas diciendo que “Estos indios eran casi como salvajes, animales”. Lo que el juez consideró a “tales expresiones de inocultable contenido supremacista”.

Ahora, el fallo…: de la Cámara de Resistencia ratifica lo sentenciado en julio de 2019, pero además, reconoce lo acontecido como un genocidio.

Dicho cuerpo judicial sostuvo: “la pretensión de la comunidad Pilagá de que sea reconocido el genocidio sufrido por su pueblo resulta a todas luces legítima y procedente, por lo que corresponde en esta instancia formular la declaración pertinente en tal sentido, a fin de que bajo dicho título sea rememorada la fecha de la tragedia” (firmado por las camaristas María Delfina Denogens y Rocío Alcala).

Ahora el Estado…: debe invertir en obras que determine el pueblo originario, otorgar becas estudiantiles por diez años, fijar la fecha de la masacre en el calendario escolar y construir un monumento recordatorio, entre otras acciones.

Mientras tanto, ya se anticipó el inicio de un nuevo juicio contra la Provincia de Formosa, para “garantizar el adecuado derecho de defensa… reconocer la posesión y propiedad de las tierras que previamente ocupan y regular la entrega de tierras aptas para el desarrollo humano".